Me citaron a un comparendo en Policia Local

Lo primero es tener muy claro el día y hora del comparendo, ya que esa es la única oportunidad procesal y legal de contestar demandas, presentar pruebas y observar las pruebas de la contraparte. Asimismo, en esa audiencia, se hacen todas las peticiones y se formulan todos los descargos, ya que luego, en segunda instancia, no es posible rendir pruebas, y los jueces de policía local, en caso de no existir oposición, están obligados por Ley a acceder a lo solicitado por el demandante. Sin querer ser reiterativos, es la única oportunidad para ejercer sus derechos, en el ámbito de choques o accidentes de tránsito.
En el caso de que sea usted el interesado en interponer demanda, esta debe ser presentada y notificada 5 días hábiles ANTES del comparendo.